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Conceptos DIAN - Aduaneros >
Concepto 778-169 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Aduanas - Disposición de Mercancías - Formas de Disposición - Venta de las Mercancías Aprehendidas - Prohibiciones - Mercancías de Características Especiales que tienen mercado restringido - Aplicación del Artículo 736 del Decreto 1165 de 2019. Las mercancías decomisadas a favor de la Nación pueden ser vendidas directamente por la U.A.E. DIAN a quien fueron decomisadas cuando éstas sean consideradas mercancías con características especiales o de mercado restringido; es decir, que solo pueden ser importadas por una determinada persona natural o jurídica por ser titular de los derechos de propiedad industrial, de los derechos de autor o por tener la calidad de proveedor exclusivo. // La titularidad de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor o la calidad de proveedor exclusivo deben probarse por parte del solicitante.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 734-173 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Estampillas - Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia - Hecho Generador - Contratos de Fiducia Mercantil celebrados entre FONVIVIENDA y Sociedades Fiduciarias - Naturaleza Jurídica de los Conceptos del Consejo de Estado y de la DIAN - Contribuciones - Contribución Especial sobre Contratos de Obra Pública - Causación - Contratos de Obra Civil y Conexos celebrado por Sociedades Fiduciarias - Negocios de los Patrimonios Autónomos - Se Confirma la Doctrina.
Para este Despacho es necesario confirmar lo expuesto en el numeral 2.1.1 del Concepto General Unificado – Estampilla Pro Universidad Nacional 7546 – interno 585 de 2020. // En efecto, el hecho generador de la estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia está constituido por todo contrato de obra (y conexos al de obra) suscritos por “las entidades del orden nacional, definidas por el artículo 2o de la Ley 80 de 1993”, tal y como lo prevé el artículo 5° de la Ley 1697 de 2013. Así, teniendo en cuenta que: a. Según se concluyó en la sección 3. de este escrito los patrimonios autónomos derivados del artículo 23 de la Ley 1469 de 2011 son verdaderas entidades estatales del orden nacional en los términos del artículo 2 de la Ley 80 de 1993, b. Todos los efectos de los contratos de obra celebrados por la fiduciaria de dichos patrimonios autónomos en su condición instrumental como vocera y representante recaen sobre dichos patrimonios autónomos, y, c. Que el mismo concepto del 30 de junio de 2022 de la Sala de Consulta y Servicio Civil explicó que “los patrimonios autónomos creados con ocasión de los contratos de fiducia mercantil celebrados por FONVIVIENDA con las sociedades fiduciarias son los que celebran los contratos de obra y conexos.”.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 739-168 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre las Ventas - Hecho Generador - Servicios Gravados, Exentos y Excluidos - Expendio de Artículos de primera necesidad en Centros de Reclusión - Cárceles - Actividades de Trabajo Penitenciario - Plazas de Trabajo Penitenciario PPL - Interpretación y Aplicación del Artículo 69 de la Ley 65 de 1993 - Responsables del IVA - Servicios prestados en los ERON por el INPEC. En lo referente a los establecimientos de reclusión, el sistema penitenciario y el sistema carcelario, se identifican al menos las siguientes exclusiones del IVA: // “Los servicios de alimentación, contratados con recursos públicos, destinados al sistema penitenciario (…)” (cfr. numeral 14 del artículo 476 del Estatuto Tributario). // Los equipos, elementos e insumos nacionales o importados directamente con el presupuesto aprobado por el Inpec o por la autoridad nacional respectiva que se destinen a la construcción, instalación, montaje, dotación y operación del sistema carcelario nacional, para lo cual deberá acreditarse tal condición por certificación escrita expedida por el Ministro de Justicia y del Derecho” (subrayado fuera de texto) (cfr. artículo 130 de la Ley 633 de 2000). // La comercialización de los productos que se elaboren, se preparen, se confeccionen y se produzcan al interior de los establecimientos de reclusión” (subrayado fuera de texto) (cfr. artículo 94 de la Ley 2277 de 2022), para lo cual será necesaria la reglamentación que expida el Gobierno nacional. // De otra parte, en la normativa tributaria se identifican otras exclusiones del IVA -con un carácter más amplio- relacionadas con bienes y servicios de primera necesidad, las cuales se deben verificar en cada operación en particular y que versan sobre algunos alimentos como frutas, pan horneado o cocido, agua, entre otros bienes (cfr. artículo 424 del Estatuto Tributario) y servicios médicos, odontológicos y otros para la salud humana (cfr. numeral 1 del artículo 476 ibidem). // Así las cosas, frente a lo consultado, los bienes y servicios que se suministran a la población privada de la libertad en principio están gravados con el IVA, salvo concurra alguna de las exclusiones del IVA antes relacionadas, en cuyo caso el impuesto en comento no se causa y, por ende, no habría lugar a su cobro.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 1328-165 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Procedimiento Tributario y Aduanero - Concepto General sobre la Ley 2277 de 2022 - Reforma Tributaria 2022 - Retención en la Fuente - Impuesto sobre las Ventas - Ineficacia de las Declaraciones - Reducción de Sanciones y Tasas de Interés - Facilidades de Pago - Tasa de Interés Moratoria - Recuento Jurisprudencial - Antecedentes Legislativos de la Ley 2277 de 2022. Mediante el presente pronunciamiento, esta Subdirección absolverá diferentes interrogantes que se han formulado en torno a la interpretación y aplicación de algunas disposiciones de la Ley 2277 de 2022 con carácter procedimental, en lo estrictamente relacionado con los tributos administrados por la U.A.E. DIAN (cfr. artículo 1° del Decreto 1742 de 2020).
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 659-159 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Procedimiento - Registro Único de Beneficiarios Finales RUB - No Obligados a Suministrar Información - Asociaciones Ciudadanas - Partidos Políticos - Aplicación del Numeral 1o del Artículo 4o de la Resolución 164 de 2021. Aun cuando los partidos y movimientos políticos cuentan con personería jurídica, no se encuentran obligados a suministrar información en el RUB. // Esto, toda vez que corresponden a instituciones y asociaciones ciudadanas que surgen de la voluntad popular para la participación política (cfr. artículo 2 de la Ley 130 de 1994) y, por lo tanto, en consideración a su naturaleza jurídica particular, no corresponden a sociedades ni a entidades sin ánimo de lucro, como tampoco a estructuras sin personería jurídica, para efectos de lo dispuesto por el artículo 631-5 del Estatuto Tributario y la Resolución 164 de 2021.
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