- DOCTRINA NACIONAL >
Conceptos DIAN - Aduaneros >
Concepto 900726-126 de 2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Aduanas - Importaciones - Contenedores y Similares que ingresan y salen del país - Importación Temporal de Envases y Embalajes - Vencimiento de los Términos para su salida - Legalización con Pago de Rescate - Procedencia de la Legalización. De conformidad con lo previsto en el artículo 210 del Decreto 1165 de 2019, en concordancia con el artículo 237 de la Resolución DIAN No. 046 de 2019, el plazo previsto para mantener los envases y sellos reutilizables en el país es de 6 meses prorrogable por 6 meses más. // En el evento en que estos términos se venzan sin realizar la salida al exterior, ni la presentación de la declaración de importación ordinaria, la mercancía queda en situación irregular en el país. // Por lo anterior, en aplicación de los artículos 290 y el inciso 4 del numeral 2 del artículo 293 del Decreto 1165 de 2019, se podrá presentar la declaración de legalización, siempre y cuando se cumplan todos los presupuestos allí descritos: i) declaración voluntaria, ii) sin previa intervención de la autoridad aduanera, y iii) cancelando además de los tributos aduaneros el 20% del valor en aduanas por concepto de rescate.
|
- DOCTRINA NACIONAL >
Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 900725-123 de 2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre las Ventas - Servicios Excluidos - Servicios Vinculados con la Seguridad Social de la Ley 100 de 1993 - Servicios de Administración de Fondos del Estado - Mecanismo de Normalización de Pasivos Pensionales - Tratamiento Tributario de los Patrimonios Autónomos Pensionales y Patrimonios Autónomos de Garantía - Interpretación y Aplicación del Numeral 2o del Artículo 476 del E.T. y del Artículo 135 de la Ley 100 de 1993 - Recursos de la Seguridad Social. Los servicios vinculados con la seguridad social, para efectos de considerarse excluidos de IVA deben atender a lo previsto en la Ley 100 de 1993, de manera especial su artículo 135 y sus normas reglamentarias. Este criterio también puede aplicar al caso materia de análisis, razón por la cual es necesario analizar el carácter de ostentan los patrimonios autónomos pensionales y los patrimonios autónomos de garantía, que se constituyen para cubrir las obligaciones del pasivo pensional.// A grandes rasgos, se puede indicar que el mecanismo de normalización del pasivo pensional tiene por objeto garantizar que éstos se paguen a los empleados que tengan o lleguen a tener derecho a la mesada pensional, situación que ha sido regulada principalmente en las leyes 550 de 1999 y 1116.// Estos patrimonios autónomos tienen el carácter de fondos en los términos del artículo 135 de la Ley 100 de 1993, con lo que sus recursos gozan de exención de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones de cualquier origen del orden nacional. Esta conclusión es relevante para determinar si los servicios materia de consulta y que tienen por objeto la operación, administración y gestión de dichos patrimonios autónomos, están excluidos o no.
|
- DOCTRINA NACIONAL >
Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 900724-121 de 2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre la Renta - Deducciones - Deducción por Salarios - Contratación de Trabajadores con Limitaciones Físicas - Deducción del 200% - Requisitos para la procedencia de la Deducción - Interpretación y Aplicación del Artículo 31 de la Ley 361 de 1997. Únicamente será posible acceder a la deducción establecida en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997 en la medida que se cumplan los requisitos allí consagrados. Uno de estos requisitos es que los trabajadores contratados se encuentren en situación de discapacidad no inferior al 25% comprobada, lo cual supone acatar la totalidad de los criterios que establezca la entidad competente para tal fin, incluyendo los parámetros para la ponderación y calificación de la capacidad para trabajar. // En ese sentido, la Resolución 113 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social consagra, entre otras disposiciones, la Certificación de Discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. Así, para este Despacho es claro que el requisito relacionado con la discapacidad deberá acatar de manera estricta la totalidad de los criterios y requisitos allí establecidos, así como los demás incluidos en normas relacionadas aplicables. // Para hacer uso del beneficio ahí consagrado el empleador debe: (i) Contratar a trabajadores con una discapacidad comprobada no inferior al 25%. (ii) Estar obligado a presentar declaración de renta y complementarios. (iii) Solicitar la deducción en el correspondiente período fiscal en que tuvo lugar. (iv) Cumplir con las reglas generales de deducibilidad de pagos laborales aplicables, incluidas en el Estatuto Tributario.
|
- DOCTRINA NACIONAL >
Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 900657-08 de 2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Procedimiento - Documento Soporte Pago de Nómina Electrónica - Reporte de las Cesantías - Tratamiento del Auxilio de Cesantías - Abono en Cuenta - Aplicación del Principio de Devengo - Periodicidad del Documento de Nómina - Se Confirma la Doctrina - Se Confirma el Concepto 912416 de 2021 - Deducción de Cesantías Pagadas y Consolidadas. La generación del documento soporte de pago de nómina electrónica frente al concepto de cesantías deberá efectuarse teniendo en cuenta el concepto de abono en cuenta derivado del principio de devengo, esto es, la realización del respectivo gasto deducible que pretenda imputarse el sujeto obligado. Lo anterior, siempre y cuando el pago al trabajador no ocurra primero. // Así las cosas, el reporte de las cesantías deberá efectuarse atendiendo al concepto de devengo, en todo caso, será el sujeto obligado el que deberá determinar el periodo en el que se realiza dicho gasto para proceder con la generación y transmisión para validación del documento soporte de pago de nómina electrónica.
|
- DOCTRINA NACIONAL >
Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 900620-101 de 2022. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Régimen Simple de Tributación RST - Hecho Generador - Ingresos - Créditos con Descuento - Ingresos de Tarjetas de Crédito y Débito - Pagos Electrónicos - Requisitos para la Procedencia del Descuento - Pasarela de Pagos - Acreedores Financieros - Interpretación y Aplicación de los Artículos 904, 912 del Estatuto Tributario y del Artículo 1.5.8.3.3. del Decreto 1625 de 2016. Corresponde al contribuyente del SIMPLE determinar la procedencia del descuento del impuesto en la declaración anual consolidada, y tener en cuenta que en todo caso, el concepto de venta de bienes o servicios por el cual se utiliza el pago electrónico debe estar relacionado con el hecho generador del impuesto. // La certificación emitida por la entidad financiera adquiriente deberá corresponder a los ingresos tributarios recibidos por concepto de ventas de bienes o servicios realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanismos de pagos electrónicos a los que hace mención el artículo 912 del Estatuto Tributario, los que, a su vez, se deben entender como aquellos ingresos gravados con el impuesto SIMPLE en los términos del artículo 904 ibidem.
|
|