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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 907759-1532 de 2020. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre las ventas - Bienes Exentos.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 907533-1531 de 2020. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre las Ventas - Base Gravable - Tratamiento Tributario de los Descuentos Efectivos - Notas Crédito - Interpretación y Aplicación del Artículo 454 del Estatuto Tributario. De acuerdo con la doctrina reiterada de la DIAN, existen dos categorías diferentes de descuentos: i) los efectivos o no condicionados y ii) los financieros o condicionados, los cuales tienen distintas implicaciones en materia de IVA. // El artículo 454 del Estatuto Tributario, contempla los requisitos exigidos legalmente para que los descuentos se detraigan de la base gravable para la aplicación del impuesto sobre las ventas, como son: - Que el descuento sea efectivo. - Que conste en la factura o documento equivalente. - Que el descuento no esté sometido a condición. - Que resulte normal según la costumbre comercial. Los requisitos para que los descuentos efectivos no hagan parte de la base sobre la cual se aplica el impuesto, no son alternativos sino concurrentes, en virtud de lo cual se deben satisfacer todos para que opere la disminución. // De esta forma, además de constar el descuento en la factura o documento equivalente, soporte de la operación de venta, se requiere que éste sea efectivo, es decir, que realmente afecte el valor de la operación y no sea solamente nominal; por otra parte, no debe estar condicionado a una circunstancia o hecho pasado, presente o futuro para su concesión.// Los descuentos condicionados forman parte de la base gravable sujeta a imposición, siendo el valor sujeto al IVA el total de la operación.” // Ahora bien, tratándose de notas crédito, debe tenerse en cuenta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.6.1.4.15. del Decreto 1625 de 2016 y el artículo 30 de la Resolución 000042 de 2020, cuando se elaboren notas crédito que se derivan de la factura electrónica de venta, las mismas se deben incluir de manera individual o acumulada según el caso, en el contenedor electrónico y surtir el trámite respectivo de validación.
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Concepto 907532-1530 de 2020. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Facturación - Factura Electrónica de Venta - Procesos de Fusión de Sociedades - Emisión de Notas Crédito - Transmisión para la Validación - Definición de Notas Débito y Notas Crédito en el Sistema Electrónico de Factura Electrónica - Aplicación del Numeral 9o del Artículo 1.6.1.4.1. Decreto 1625 de 2016 y del Artículo 25 de la Resolución 42 de 2020. El numeral 9º del Artículo 1.6.1.4.1. del Decreto 1625 de 2016 es claro en determinar que las notas débito y notas crédito para la factura electrónica de venta no necesariamente deben asociarse a una factura electrónica de venta. En este orden, si bien la operación económica se fundamenta en la venta de bienes y/o prestación de servicios que han sido previamente facturados, ello no implica que las notas débito y notas crédito deban asociarse siempre a una factura electrónica de venta en el sistema electrónico.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 907531-1529 de 2020. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Facturación - Factura Electrónica de Venta - Pagos de Nómina - Porcentaje Máximo que podrá soportarse sin Factura Electrónica - Documentos Soporte de Costos y Gastos de Pagos de Obligaciones Laborales. Para pagos de nómina, la factura electrónica o documento que se establezca será exigible cuando esta Entidad efectúe su implementación dentro del sistema de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en las normas previamente citadas. // Entretanto, los documentos soporte de costos y gastos para pagos de nómina, seguirán siendo aquellos requeridos por la normatividad vigente, los cuales se someterán al porcentaje máximo a soportarse sin factura electrónica cuando sea implementado el sistema de factura electrónica para pagos por nómina.// En consecuencia, a la fecha, la operación de pagos por rentas de trabajo, incluyendo los aportes parafiscales, de seguridad social y demás erogaciones relacionados con la nómina está en proceso de implementación en el sistema de facturación electrónica. Por lo cual, deberá esperarse la respectiva regulación para efectos de precisar su alcance, si a ello hay lugar.
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Conceptos DIAN - Aduaneros >
Concepto 907530-1528 de 2020. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Aduanas - Usuarios Industriales de Servicios - Operaciones Permitidas en Zona Franca - Prestar Soporte Técnico, Mantenimiento y Reparación de Equipos - Restricción sobre Comercialización de Bienes - Facturación - Expedición y Entrega de la Factura de Venta y/o Documento Equivalente. Para el usuario industrial de servicios de zona franca calificado para brindar soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, no está permitido vender en forma individual partes y piezas. No obstante, la naturaleza del servicio de soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, puede conllevar no sólo el uso de la mano de obra y el servicio mismo representado en un intangible, sino también el cambio de piezas que reemplacen aquellas que impiden que el equipo funcione en forma óptima.// El usuario industrial de una zona franca calificado para realizar soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, podrá disponer de partes y repuestos, únicamente con el fin de garantizar la prestación del servicio para el cual está calificado. Lo que de ninguna manera implica que esté permitida la comercialización de piezas o repuestos como venta de bienes independientes.
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