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Concepto 7245-829 de 2025. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuestos Saludables - Alimentos y Bebidas Ultra procesados IBUA y ICUI - Hecho Generador - Venta Combinada de Productos - Ventas en "Combo" - Remite al Concepto 3744 de 2023 (383 de 2023). Cuando se trata de la comercialización de manera combinada de dos o más productos, unos sometidos a los impuestos saludables y otros no, no se grava la totalidad de la operación, es decir; el producto que no está sometido al gravamen no será objeto de tributo.
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Concepto 7179-808 de 2025. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre la Renta - Entidades No Contribuyentes - Tribunales de Ética Médica - Obligados a Presentar Declaración de Ingresos y Patrimonio - Facturación Electrónica - Pérdida de Vigencia del Concepto DIAN 77311 de 1998 por cambio normativo. Los Tribunales de Ética Médica creados por la Ley 23 de 1981 y definidos como instituciones de origen privado con funciones públicas para adelantar los procesos ético – profesionales contra los médicos que incumplan sus deberes, que se encontraban clasificados para efectos tributarios como no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios en el artículo 22 del Estatuto Tributario (antes de la Ley 1819 de 2016), pasan como establecimientos públicos descentralizados por colaboración, a ser parte del artículo 23 del Estatuto Tributario. // Luego, por su naturaleza jurídica, tributariamente son entidades no contribuyentes del impuesto a la renta y complementarios, obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio anualmente dentro de los plazos fijados por el Gobierno Nacional. // De otra parte, en lo que atañe a la expedición de factura o documento equivalente, se recuerda que están obligadas a cumplir este deber, todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a éstas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, independientemente de su calidad de contribuyentes o no del impuesto sobre las ventas, al igual que los importadores, los prestadores de servicios y en las ventas a consumidores finales.
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Concepto 6937-760 de 2025. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre la Renta - Capitalización de Inversiones - Evaluación y Exploración de Recursos Naturales No Renovables - Costos y Gastos de Periodo - Interpretación y Aplicación del Artículo 74-1 del Estatuto Tributario. Los costos y gastos incurridos mediante desembolsos efectuados con anterioridad a la adquisición de los derechos económicos de exploración no son susceptibles de capitalización fiscal conforme al artículo 74-1 del Estatuto Tributario (ET). En consecuencia, tales erogaciones deben tratarse como gastos del período, y su eventual deducción estará sujeta al cumplimiento de los requisitos generales de necesidad, causalidad y proporcionalidad establecidos en el artículo 107 ibidem.
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Concepto 6888-762 de 2025. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Procedimiento - Facultades de Fiscalización de la DIAN - Control a la Obligación Formal de Expedir Factura o Documento Equivalente - Facultad de la DIAN para imponer las Sanciones consagradas en los Artículo 652, 652-1 E.T., 657 del Estatuto Tributario - Expedición de Pliego de Cargos - Sanción impuesta en Resolución Independiente. De conformidad con el artículo 1 del Decreto 1742 de 2020 la DIAN es competente entre otros asuntos, para la administración de los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas y demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado. // A su vez el inciso 4 de la referida norma, dispone que la administración de los impuestos comprende, además de la recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción, todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias. // Y bajo este contexto, resulta claro que la expedición de la factura de venta o documento equivalente como deber formal a cargo de los sujetos que venden bienes y/o prestan servicios que no se encuentran expresamente exceptuados, hace parte de estas obligaciones.// En este sentido, la DIAN tiene la competencia para realizar visitas, ejercer controles y adelantar actuaciones administrativas que permitan: i) Asegurar el debido cumplimiento de este deber formal; ii) Establecer si los sujetos obligados cumplen con esta obligación y iii) Determinar si el cumplimiento se realiza en debida forma, es decir, con el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios para la correcta expedición de estos documentos.
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Concepto 7887-752 de 2025. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Procedimiento - Facilidades de Pago de Obligaciones Tributarias - Prelación en la Imputación de Pagos - Incumplimiento de la Facilidad de Pago - Cobro Coactivo - Facultades de la DIAN para establecer Facilidades para el Pago - Tasa de Interés Moratorio - Doctrina DIAN - Naturaleza Jurídica de los Conceptos Individuales Interpretativos. La falta de pago de alguna de las cuotas de la facilidad de pago, y el incumplimiento del pago de cualquier otra obligación surgida con posterioridad a la notificación de la resolución mediante la cual se concede la facilidad, se constituyen en las causales que conllevan al incumplimiento de una facilidad de pago. // Y como consecuencia, de este incumplimiento la norma faculta a la DIAN para: i) Dejar sin efecto la facilidad para el pago declarando sin vigencia el plazo concedido; ii) ordenar hacer efectiva la garantía hasta la concurrencia del saldo de la deuda garantizada, y iii) Ordenar la práctica del embargo, secuestro y remate de los bienes.
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