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Concepto 24494-1242 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Aduanas - Importaciones - Misiones y Sedes Diplomáticas - Importaciones con Franquicia - Adición al Concepto General 1466 de 2019 - Proceso de Nacionalización de los Bienes Importados - Inspección Aduanera - Controles de la autoridad aduanera en las importaciones de los funcionarios y misiones acreditadas en el país. Las sedes diplomáticas gozan de las mismas exenciones y franquicias que gozan los funcionarios acreditados en el país respecto de los bienes importados contemplados en el artículo 5 del Decreto 2148 de 1991. // En lo concerniente a la práctica de la inspección aduanera durante el proceso de nacionalización de los bienes importados por las sedes diplomáticas, el artículo 9 del Decreto 2148 de 1991, reglamentado por el artículo 54 de la Resolución 3084 de 1991 establece lo siguiente: “La Aduana le dará el número que le corresponda como despacho a consumo y aforará documentalmente la mercancía haciendo un reconocimiento externo de los bultos. Solamente cuando no coincida la cantidad de éstos con lo declarado y surja una duda justificada respecto a la naturaleza de la mercancía, se podrá efectuar un aforo físico. En estos casos, se solicitará la presencia del beneficiario o de algún miembro de la misión a que pertenece, para que presencie la apertura y aforo correspondiente.”
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